Comité de Disciplina
Comité de Competición y Disciplina Deportiva: quién lo forma, cómo presentar una reclamación y la normativa aplicable.
Órgano independienteQué es el Comité
El Comité de Competición y Disciplina Deportiva ejerce la potestad disciplinaria de la Federación y resuelve en primera instancia las reclamaciones y los expedientes disciplinarios de judo y deportes asociados en Cantabria.
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IndependienteActúa con independencia absoluta. Sus miembros no forman parte de ningún otro órgano federativo.
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CompeticionesResuelve las reclamaciones sobre las competiciones de ámbito autonómico y las infracciones a las reglas del juego.
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Conducta deportivaConoce las infracciones a las normas de conducta deportiva, de oficio, a instancia del Presidente o por denuncia.
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Con garantíasAudiencia al interesado, acceso al expediente y recurso ante el Comité Cántabro de Disciplina Deportiva.
Composición
PresidenteÁngel González Blanco
VocalFernando Méndez Fernández
VocalJosé Ángel Güemes San Emeterio
Designados por la Junta Directiva; el nombramiento se someterá a la ratificación de la Asamblea General. Sus miembros no pueden ser removidos hasta el final de la temporada, salvo incompatibilidad.
Cómo dirigirte al Comité
- Escribe al ComitéPor correo electrónico a comitedisciplina@federacioncantabradejudo.com, identificándote e indicando los hechos y las pruebas de que dispongas.
- Respeta el plazoHechos de una competición: 5 días desde el día siguiente a su celebración. Otras conductas: 5 días desde que se cometen.
- Audiencia y resoluciónPodrás conocer el expediente y ser oído antes de que se resuelva. El Comité resuelve en 20 días.
- RecursoLa resolución agota la vía federativa y puede recurrirse ante el Comité Cántabro de Disciplina Deportiva (Gobierno de Cantabria).
Las sanciones son inmediatamente ejecutivas: presentar un recurso no suspende su cumplimiento, salvo que el órgano competente acuerde lo contrario.
Normativa aplicable
↗Ley 2/2000, del Deporte de CantabriaTítulo X · La disciplina deportiva · BOE consolidado
↗Decreto 72/2002, de 20 de junioDesarrollo de la Ley 2/2000 · arts. 57 a 60
PDFEstatutos de la FederaciónBOC 18/12/2006 · Título IV, arts. 47 a 55
PDFReglamento de Disciplina de la RFEJYDAAplicación supletoria (art. 59.4 del Decreto 72/2002)
↗Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo ComúnInspira el procedimiento (art. 77 de la Ley 2/2000)
PDFNormas internas del Programa de TecnificaciónCódigo de conducta de sus deportistas
Los datos personales que se aporten se tratan solo para tramitar el procedimiento y con la debida confidencialidad.
¿Tienes que presentar una reclamación?
Escribe al Comité: comitedisciplina@federacioncantabradejudo.com